La postura del Tribunal Supremo sobre la discriminación laboral de género

14 Junio 2011

El Tribunal Supremo ha condenado a una clínica sevillana a indemnizar con 12.000 euros a una cirujana plástica que prestaba en ella sus servicios bajo un contrato de arrendamiento, por entender que hubo una discriminación por razón de sexo cuando fue desplazada de su puesto al quedarse embarazada.

La Sala Social del Supremo establece en su sentencia, de la que ha sido ponente el presidente Xiol Ríos, que cualquier perjuicio laboral causado por el embarazo y la baja por maternidad constituye una discriminación directa por razón de sexo.

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